lunes, 22 de abril de 2013

FEBRERO 2013

NOVEDADES FISCALIDAD

Les informamos que Hacienda está enviando propuestas de liquidaciones a los contribuyentes que han obtenido pensiones en otros países y no tributado por ellas en nuestro país. Ello es fruto de la normativa vigente sobre intercambio de información entre los países y de Convenio de la OCDE y del Consejo de Europa sobre Asistencia Mutua en Materia Tributaria.

Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, a que se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
1. Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta Ley 58/2003, y en los términos que reglamentariamente se establezcan, la siguiente información:
Información sobre las cuentas situadas en el extranjero abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.
Información de cualesquiera títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero.
Información sobre los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de su titularidad situados en el extranjero.
RECORDATORIO FISCALIDAD

Ley 16/2012 de modificación de medidas tributarias, entre otras cabe destacar las siguientes modificaciones:

1. Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía)
Con efectos desde el 1 de Enero de 2013 el Registro de la propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por este impuesto sin que se acredite previamente haber practicado la autoliquidación.

2. IRPF:
.-Supresión de la deducción por adquisición de vivienda habitual, estableciéndose un régimen transitorio que permitirá deducir por este concepto en 2013 y años siguientes siempre que se haya adquirido la vivienda en 2012 o con anterioridad o se hayan satisfecho cantidades para la construcción, rehabilitación, ampliación o para la realización de obras de adecuación de la vivienda a personas con discapacidad.
.- Las ganancias patrimoniales generadas derivadas de transmisiones y generadas en menos de  1 año pasan a tributar en 2013, a la tarifa general y no en la de ahorro como hasta ahora.
.- Se limita la posibilidad de reducir en el 40 % las indemnizaciones laborales o mercantiles generadas en más de dos años superiores a 700.000 €, de forma que no se reducen en absoluto a partir de 1.000.000 de euros.
.- Habrán de imputarse obligatoriamente al perceptor las primas de seguros, para hacer frente a compromisos por pensiones, pagadas por las empresas por el importe que exceda de 100.000 € anuales por contribuyente y respecto al mismo empresario.

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