Personas beneficiarias:
Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en
esta resolución:
a)
Hombres que se acojan a la reducción de jornada y sean trabajadores por cuenta ajena, tanto de
la empresa privada como de las administraciones públicas, organismos autónomos,
entes públicos de derecho privado y empresas públicas dependientes de ellas,
con independencia de que su vínculo sea laboral, funcionarial o estatutario y
los socios de las sociedades cooperativas siempre que estos últimos pertenezcan
al régimen general de la Seguridad Social.
b)
Familias monoparentales en las que la persona solicitante, hombre o mujer, sea
trabajadora por cuenta ajena y se acoja a la reducción de jornada. Por familia
monoparental se entiende, como el núcleo familiar compuesto por un único
progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga
una relación análoga a la conyugal y los hijos o las hijas menores a su cargo.
Acciones subvencionables:
1.
Las ayudas serán concedidas a los trabajadores que, entre el 1 de mayo y el 31
de diciembre de 2011, se encontrasen en situación de reducción da jornada de
trabajo para el cuidado de una/un hija/o menor de tres años.
2.
También podrán acogerse a esta ayuda los trabajadores que, cumpliendo los
requisitos establecidos en este artículo, adopten una/un menor o la/lo tengan
en situación de acogimiento familiar, en las modalidades de acogimiento
familiar permanente o acogimiento familiar preadoptivo.
3.
La edad de la/del hija/o se podrá ampliar hasta los 12 anos en el supuesto de
que la/el menor padezca una discapacidad reconocida de porcentaje igual o superior
al 33%.
4.
Para tener derecho a la ayuda se deberá mantener la situación de reducción de
jornada durante un mínimo de 60 días naturales ininterrumpidos y comprendidos
entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2011.
5.
En el supuesto de hijas/os adoptadas/os o menores en régimen de acogimiento
familiar, no se tendrá en cuenta la edad, pero para tener derecho a la ayuda no
podrán haber transcurrido más de tres años desde la fecha de la decisión
administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que
se constituye la adopción. En cualquier caso la/el hija/o por la/el que se
solicita la ayuda tendrá que ser menor de 12 años.
6.
En ningún caso el período para el que se solicita la subvención puede coincidir
con el permiso por maternidad ni con cualquiera otro permiso, licencia o
excedencia para la misma finalidad.
Cuantía de las ayudas:
1.
La cuantía de esta ayuda estará en función del porcentaje de reducción de
jornada laboral que se solicite, de la duración de esta y del número de
hijas/os a cargo de la persona solicitante, siendo considerados para su
establecimiento los siguientes tramos:
a)
Cuando la reducción de jornada sea de hasta el 15% de la jornada laboral y su
duración se extienda a la totalidad del período subvencionable (8 meses):
i.
Una/un hija/o a cargo.............................. 1.600 euros.
ii.
Dos hijas/os a cargo............................... 1.900 euros.
iii.
Tres o más hijas/os a cargo
................. 2.200 euros.
b)
Cuando la reducción de jornada sea superior al 15% y hasta el 33,33% de la
jornada
laboral
y su duración se extienda a la totalidad del período subvencionable (8 meses):
i.
Una/un hija/o a cargo ............................. 2.700 euros.
ii.
Dos hijas/os a cargo ............................. 3.000 euros.
iii.
Tres o más hijas/os a cargo
................. 3.300 euros.
c)
Cuando la reducción de jornada sea superior al 33,33% de la jornada laboral y
su
duración
se extienda a la totalidad del período subvencionable (8 meses):
i.
Una/un hija/o a cargo ............................. 3.000 euros.
ii.
Dos hijas/os a cargo............................... 3.300 euros.
iii.
Tres o más hijas/os a cargo
................. 3.600 euros.
El plazo de solicitud finalizará el 12
de julio de 2012.