viernes, 25 de mayo de 2012

AYUDAS Y SUBVENCIONES:

AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (IN525A)
Objetivo: Fomentar la protección de la propiedad industrial en Galicia, tanto a nivel nacional como internacional, para garantizar la plena explotación de los resultados de nuestras innovaciones. Se trata de impulsar la protección, no sólo de las innovaciones técnicas (invenciones), sino también de las innovaciones de forma (diseños industriales) y de imagen (signos distintivos)
Beneficiarios potenciales: Las empresas de carácter privado con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de las solicitudes, que tengan su domicilio social o algún centro productivo en la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre que los conceptos para los  cuales solicitan la subvención tengan aplicación directa en estos centros productivos.
Inversiones y/o gastos computables: Estas subvenciones se destinarán a atender los gastos derivados de la tramitación de solicitudes de títulos de propiedad industrial y de su renovación, ante las oficinas nacionales, regionales o internacionales
.
Plazo de presentación: hasta el 15 de noviembre de 2012

AYUDAS PARA MODENIZACIÓN DE LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS Y PARA LA INCORPORACIÓN DE JÓVENES A LA ACTIVIDAD AGRARIA
Objetivo: Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2012 de las siguientes líneas de ayuda:

a) Planes de mejora en las explotaciones agrarias.
b) Primera instalación de agricultores jóvenes.
Cuantía y tipo de ayudas.:

a) La cuantía máxima de ayuda, expresada en porcentaje de la inversión, con carácter general, podrá llegar hasta:
1. º El 50% de la inversión para bienes inmuebles y el 30% para bienes muebles en las zonas desfavorecidas.
En el caso de bienes muebles que supongan un ahorro en el consumo de agua en la explotación el porcentaje podrá llegar hasta el 50% de la inversión.
2. º El 40% para bienes inmuebles y el 25% para bienes muebles en las demás zonas, que podrán conseguir los beneficiarios.
En el caso de bienes muebles que supongan un ahorro en el consumo de agua en la explotación el porcentaje podrá llegar hasta el 40% de la inversión.
b) En el caso de agricultores o agricultoras no profesionales, la ayuda para bienes inmuebles se reducirá un 15% y la de bienes muebles un 10%.
c) Si el beneficiario de la ayuda es uno agricultor/a profesional, menor de 40 años en el momento de su primera instalación que, de forma simultánea a ella, o en los siguientes cinco años, presiente un plan de mejora para su explotación, podrá obtener una ayuda suplementaria del 5% de la inversión. d) En el caso de que el beneficiario de la ayuda sea titular de una explotación de producción ecológica, obtendrá una ayuda suplementaria de hasta el 5%
 La ayuda consistirá en una subvención directa de capital o en una subvención de capital, total o parcial, de una o varias anualidades de amortización de préstamos formalizados para llevar a cabo la inversión. Estos préstamos no podrán superar el 90% de la inversión total que se vaya a realizar.

Ayudas a la primera instalación.
La ayuda a la primera instalación de agricultores/as jóvenes, dirigida a auxiliar gastos e inversiones consistirá en:
  1. Una prima por explotación, en una cuantía máxima de 20.000 euros.
2. Una bonificación de intereses, que podrá aplicarse sobre el interés preferente en su totalidad, por un importe no superior a 20.000 euros de un préstamo formalizado en el marco del convenio financiero establecido entre la Consejería del Medio Rural y del Mar y las entidades financieras, el importe del cual no podrá superar el 90% del gasto total.
3. Las ayudas a la primera instalación no podrán superar los 52.000 euros ni el importe de los gastos e inversiones de la instalación realizadas
.Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 11 de Junio de 2012.

EMEGA 2012: FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO FEMENINO.
Las ayudas reguladas tienen por objeto incentivar a las mujeres emprendedoras de Galicia, para la puesta en marcha, mejora  o reactivación de iniciativas empresariales como medio adecuado para su promoción, participación y progresión en el mercado laboral, a través de varias líneas de actuación:
Línea Emprende: para puesta en marcha de iniciativas y creación de empleo femenino
Línea Innova: promover la realización de mejoras innovadoras
Línea Activa: reactivación y consolidación de empresas lideradas por mujeres
Línea Concilia: conciliación de vida familiar y profesional.
Cuantía de las ayudas podrá oscilar entre 12.000 y 22.000 euros dependiendo de las características del proyecto.
Fin de plazo. 23 de Junio de 2012.



RECORDATORIO AYUDAS Y SUBVENCIONES
.-Línea de financiamiento específica para las PYMES productoras de uva.
.-Innoempresa: nuevos modelos empresariales innovadores mediante la implantación de herramientas de gestión avanzada. (23/05/2012)
.-Innoempresa: diseño de nuevo producto.(23/05/2012)
.-Innoempresa: proyectos de desenvolvimiento tecnológico aplicado.(23/05/2012)
.-Innoempresa: implantación de certificados de las normas une 166.001 y une 166.002.(23/05/2012)
.-Innoempresa: proyectos presentados por grupos de empresas cuya actividad forme parte de la Canena de valor global de un producto.
.-Innoempresa: identificación  de necesidades tecnológicas. Desenvolvimiento de soluciones técnicas y organizativas comunes y utilización de servicios avanzados.(23/05/2012)
.-Promoción del empleo autónomo.- plazo un mes desde la fecha de la solicitud de alta en la Seguridad Social, y en todo caso finaliza el 30  de Septiembre.
.-Ayudas para la contratación de gestores de internacionalización (15 de Mayo de 2012).
.-Línea de participación en eventos expositivos que se realicen fuera de España. (30 de Abril)
.-Línea de marketing, comunicación y marca.(30 de Mayo)
.-Línea de misiones inversas (31 de Mayo)
.-Línea primera implantación promocional conjunta del exterior (31 de Mayo)


NOVEDADES LEGISLATIVAS
Real Decreto-Ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, en este Real Decreto-Ley se introducen diversas medidas fiscales:
Se establecen medidas para garantizar la neutralidad fiscal de las operaciones que se realicen en la constitución de las sociedades para la gestión de activos.
En relación con el Impuesto sobre Sociedades (ISOC), Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), se introduce una exención parcial de las rentas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos que se adquieran a partir de la entrada en
vigor del presente Real Decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2012 cuando se cumplan determinados requisitos.
Asimismo, se moderan los aranceles notariales y registrales que serán de aplicación en los supuestos de traspasos de activos financieros o inmobiliarios como consecuencia de operaciones de saneamiento y reestructuración de entidades financieras.